La anarquía y el “viva la Pepa” gozan de buena salud

vivalapepa(Escribe Luis Bertiz).  Una vecina escribe con bastante ironía en Facebook ilustrando la fotografía que acompaña a este artículo: “Costanera Sur, pasando el segundo puente hacia Arenitas Blancas, vemos con agrado que los turistas pueden disfrutar sus vacaciones con energía eléctrica… Se terminó la época del farol en los campamentos de Semana de Turismo. Ahora sin ningún problema, se «cuelgan» del alumbrado público… Las autoridades que transitan por la zona, miran para otro lado… Uruguay país generoso!!! Sigamos pagando nuestras facturas, como una contribución al bienestar del «turista»!!! Vamos gente, que entre todos podemos!!!”

Otra vecina señala: “vi personal de Prefectura y Policía en la zona. Pero no «vieron» nada…”

Otro vecino puntualiza: “Lo vi y avise a la (Seccional) 3ra. de Policía, pero ni bola, Así estamos…”

Participo del intercambio de conceptos y escribo: “La camioneta de Prefectura pasó por debajo de la «línea» energizada y clandestina, varias veces en los últimos días. La Policía también actuó de la misma forma. Todos miraron para otro lado…. La Ley es bien clara pero nadie la cumple. Estamos al borde de la anarquía total. Les recuerdo esto: Artículo 164. (Omisión contumacial de los deberes del cargo).
El funcionario público que requerido al efecto por un particular o por un funcionario público, omitiere o rehusarse sin causa justificada ejecutar un acto impuesto por los deberes de su cargo, será castigado con suspensión de tres a dieciocho meses.
Articulo 175. (Concepto de funcionario público).
A los efectos de este Código, se reputan funcionarios a todos los que ejercen un cargo o desempeñan una función retribuida o gratuita, permanente o temporaria, de carácter legislativo, administrativo o judicial, en el Estado, en el Municipio o en cualquier ente público o persona pública no estatal.
Articulo 177. (Omisión de los funcionarios en proceder a denunciar los delitos). El juez competente que, teniendo conocimiento de la ejecución de un delito, no interviniera o retardase su intervención, y el que no siendo competente, omitiere o retardare formular su denuncia, será castigado con la pena de tres meses a dieciocho meses de prisión».

Otra vecina señala: “País de primera. Buenísimo. Luis Bertiz la tiene clara y nosotros también. Que habrá en el cielo que miran para otro lado? Ya sé. Me parece que tienen cataratas los «funcionarios».

Agrego: “Por mas datos ver: Normas de Conducta en la Función Pública. Ley N 17.060 de 23/12/98. Decreto 354/999 de 12/11/99 y
Decreto 30/003 de 23/01/03”

Otro vecino exclama: “Una verguenza!!!”

Una vecina agrega, casi con resignación: “Es intolerable… pero bueno. Así nos va…”

Otra vecina señala su propia experiencia y la terrible contradicción que existe: “Por estos días me corrieron de varios lados porque andaba vendiendo empanadas. Gracias a Dios una señora me está dando trabajo. Salir a vender no es robar. Y me sacaron de termas del Daymán”.

Mientras se cometen estas injusticias por parte de funcionarios que deberían representar a un gobierno “humanista” y “progresista”, otros funcionarios se lavan las manos ante delitos fragrantes. La anarquía y el “viva la Pepa” gozan de buena salud. En fin: que el estimado lector saque sus propias conclusiones.

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