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Senado aprobó creación del Fondo Solidario Covid 19 y pasó a Diputados para su sanción definitiva

PorDaniel Caiazzo

Abr 2, 2020

En una larga jornada de trabajo en el Senado de la República, en la que se votaron diferentes venias y ascensos promovidos por el Poder Ejecutivo, el proyecto de ley que otorga a la Corte Electoral la facultad de modificar la fecha de las elecciones departamentales por única vez ante la emergencia sanitaria y entre otros asuntos, se aprobó por la unanimidad de los legisladores de todos los partidos políticos la creación del Fondo Solidario COVID-19. Ahora pasará a estudio de la Cámara de Representantes para su sanción definitiva.

El Fondo estará integrado por: utilidades del ejercicio 2019 del Banco República Oriental del Uruguay (BROU); utilidades acumuladas por la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND); el producido total del tributo cuyo hecho generador se establece (impuesto, de carácter mensual que gravará las remuneraciones y prestaciones nominales derivadas de servicios personales prestados al Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, personas de derecho público no estatal y entidades de propiedad estatal en la siguiente escala de remuneraciones: hasta los 120.000 pesos nominales se exoneran de aportes; 5% entre 120.001 y 130.000; 10% entre 130.001 y 150.000; 15% entre 150.001 y 180.000; y 20% a más de 180.001; donaciones en dinero nacionales y extranjeras que tengan por objeto contribuir con este Fondo; fondos originados en préstamos de organismos internacionales y multilaterales de crédito; contribuciones que puedan realizar las personas públicas no estatales, siempre que no afecte el cumplimiento normal de los cometidos que le hayan sido atribuidos; y toda otra partida, fondo o contribución destinado al Fondo. Se incluyen los ingresos correspondientes a las jubilaciones, pensiones, retiros militares y policiales, y prestaciones de pasividad similares, servidos por instituciones públicas, paraestatales y privadas. Además de quienes reciban subsidio amparándose en la ley que los prevé para quienes hubieran ocupado cargos públicos. Quedan excluidos los funcionarios de la salud.