El día 15 de Septiembre próximo a la hora 19:00’, se recibe información donde en calle Juan Carlos Gómez al 800 estarían vendiendo carne de ciervo, concurre personal de la Brigada Departamental de Seguridad Rural. Una vez en el lugar con autorización del dueño de la finca se inspecciona la misma, ubicándose dentro de una heladera dos cuartos y un costillar de carpincho, tres huevos de ñandú y jaulas con pájaros de distintas especies. De acuerdo a información recabada el mismo había concurrido en la noche anterior con dos masculinos mas a Cuchilla del Guaviyú en un vehículo, y cazaron tres carpinchos grandes y trajeron dos carpinchos chicos vivos. Informada de la situación la Sra. Fiscal de Turno dispuso “conducción del masculino a dependencias policiales, para su indagatoria por Art. 61 del C.P.P, incautación de la carne, se tramite el domicilio de los otros dos masculinos a los efectos de su ubicación e indagación al respecto”.-
De acuerdo a colección de datos, análisis de información se condujeron varios masculinos a dependencia Policial para las averiguaciones, de estas se logro incautar un Rifle marca Savage modelo Axis calibre 223 con mira, cargador con 11 municiones, un rifle marca Marilin calibre 22 largo con una mira telescópica sin marca de 3-9 por 40 desarmada dentro y la culata envuelta en trapos encintados de color negra y una caja chica de color blanca conteniendo en su interior 22 municiones de calibre 22 de diferentes marcas, un rifle Marca: Tikka, modelo: T3X, calibre 308 W y un rifle, procedencia Argentina, marca Ruby Extra, Calibre 22LR, se logro rescatar uno de los carpinchos chicos el cual fue entregado en la reserva y se recepciono denuncia al dueño de un establecimiento.-
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescente de Cuarto Turno de Salto se dispuso la condena de:
L.A.D.M.F de 26 años de edad como autor responsable de reiterados delitos de penetración ilegítima en fundo ajeno en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de caza abusiva a la pena de 30 UR.
E.S.A.S de 26 años de edad como autor responsable de un delito de tráfico de armas de fuego y un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego en reiteración real a la pena de 8 (ocho) meses de prisión, que se sustituye por libertad a prueba considerando sus obligaciones en:
A. residir en su domicilio denunciado.-
B. sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la OSLA;
C. presentación en la Seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.
D. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social- estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 1 8un) mes.
C. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.”