A la hora 17:35’ de ayer, personal P.A.D.O concurre a intersección de calles Lavalleja y Uruguay, por un problema familiar. Una vez en el lugar se entrevistan con un masculino mayor de edad el que manifestó que concurrió a su domicilio una femenina mayor de edad a buscar unas llaves, al no encontrarlas comenzó a provocar daños en un TV de 52’’, vasos entre otros objetos y lo agrede. Informado el Sr. Fiscal de Turno dispuso “detención de la femenina, acta por Art. 61 y sea conducida mañana a Fiscalía, acta al denunciante, forense para el mismo y relevamiento fotográfico”.
Una vez culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto se dispuso la condena de J.D.M.C de 28 años de edad como autora penalmente responsable de un delito de daño en reiteración real con un delito de amenazas a la pena de tres (3) meses de prisión, que se cumplirá en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir la condenada las siguientes condiciones del artículo 295 bis del CPP: A) Residencia en lugar determinado: B) Sujeción a la OSLA: C) Presentación a la Seccional policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia d) prestación de servicios comunitarios por el término de 30 días una (1) vez por semana dos (2) horas diarias, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor E) Prohibición de acercamiento y comunicación por cualquier medio a la victima por un radio de 300 metros por el plazo de la condena.