Culminadas las actuaciones en Juzgado Ltdo de 8vo. Turno, mediante Oficio dispuso: “Se tiene por formalizada la investigación seguida por Fiscalía Letrada Departamental de Salto de Primer Turno contra M. N. B. T. y N. D. A. A. a quienes se le atribuye la presunta comisión de REITERADOS DELITOS DE ESTAFA, DOS (2) DE ELLOS EN GRADO DE TENTATIVA, EN CONCURRENCIA EN REGIMEN DE REITERACION REAL de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 266 del CPP, en calidad de autor y co autora respectivamente. Hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas por la fiscalía durante el término de 180 días consistentes en: -fijar domicilio ante la Sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal; -Obligacion de presentacion a la seccional policial de su domicilio una vez por semana sin obligacion de permanencia; -prohibición de salir sin autorización previa del ámbito territorial del país, -Retencion de los documentos de viaje; -Dispónese el arresto domiciliario nocturno en la horario de 22 pm. a 06 am. en el domicilio fijado en la Sede, a la imputada N. D. A. con autorizacion de retirarse por razones de salud de sus menores hijos debiendo dar cuenta a la seccional policial correspondiente”.