El presidente Lacalle Pou vetó parcialmente artículo de la Rendición de Cuentas que inhibe a fiscales a trabajar como abogados

La resolución del mandatario alcanza solamente a fiscales penales, no a fiscales de Corte y adjuntos.

El presidente Luis Lacalle Pou vetó parcialmente el artículo de la Rendición de Cuentas que inhibe a fiscales a trabajar como abogados durante un tiempo determinado. La resolución del mandatario es parcial, ya que alcanza solamente a fiscales penales, no a fiscales de Corte y adjuntos, como estableció la norma, según informó El País y confirmó Telemundo.

El artículo 636 de la Rendición de Cuentas establece que los fiscales penales no pueden ejercer durante un año desde el cese, y en el caso de los fiscales de Corte y adjuntos durante tres años.

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