La demandada, una dirigente del MPP, deberá abonar la suma de $ 110.000 por los costos de los servicios de atención médica y clínica recibidos en el centro de salud policial pese a que era una civil . La Justicia de Paz de 24° Turno condenó a una de las secretarias del entonces ministro del Interior, Eduardo Bonomi, hoy fallecido, por utilizarlos servicios médicos del Hospital Policial pese a que era una civil. El Hospital Policial atiende a funcionarios policiales, a quienes se le descuenta del sueldo un 4% por atención sanitaria.La sentencia, a la que accedió El País, afirma que el 27 de febrero de 2024 se presentó la abogada Sofía Ortiz, en representación del Ministerio del Interior, para reclamar una indemnización a una de las secretarias de Bonomi, que es una dirigente del MPP de larga data.
Ortíz sostuvo que el 7 de noviembre de 2022, el senador nacionalista Jorge Gandini solicitó a la presidenta de la Cámara de Senadores la formación de una comisión investigadora parlamentaria a efectos de analizar, valorar y pronunciarse en relación a las «múltiples irregularidades» ocurridas durante 2010 a 2017 en la Dirección General de Secretaría del Ministerio del Interior.La profesional informó al Juzgado de Paz que personas no comprendidas en la cobertura del Hospital Policial «recibieron atención o utilizaron dicho hospital, no siendo funcionarios policiales ni teniendo vínculo de parentesco o filiales con funcionarios policiales en actividad o retiro».
Según la abogada del Ministerio del Interior, se constataron «varias irregularidades» como ser uso, atención y retiro de medicamentos del Hospital Policial por parte de personas civiles (la secretaria de Bonomi) que no gozaban de ningún derecho a usufructuar los servicios del mismo y entre esas persona se encuentra la demandada».En el Juzgado de Paz, la profesional insistió que son usuarios de pleno derecho del Hospital Policial los policías en actividad o retiro, pensionistas policiales, cónyuge, concubino, hijas e hijos solteros hasta los 21 años y los incapacitados de cualquier edad de policías en actividad o retiro, padres del o de la policía en actividad o retiro cuando sus entradas sean inferiores a un salario mínimo nacional.
La abogada del Ministerio del Interior agregó que no existe ni una sola norma legal que habilite a incluir como usuarios a quien no encuentra en los requisitos de atención del Hospital Policial.
Por último, advirtió al Juzgado de paz que el Ministerio del Interior y la Dirección Nacional de Sanidad Policial sufrió «perjuicios económicos» que debió solventar en cuanto a los gastos ocasionados por la entonces