• Jue. Feb 6th, 2025

Veda electoral en Uruguay, ley 16.019.

PorDaniel Caiazzo

Feb 25, 2022

ACTOS COMICIALES. PROPAGANDA PROSELITISTA. VEDA ELECTORAL

Artículo 1

    La realización de actos de propaganda proselitista en la vía pública o
que se oigan o perciban desde ella, o que se efectuén en locales públicos
o abiertos al público y en los medios de difusión escrita, radial o
televisiva, deberá cesar necesariamente cuarenta y ocho horas antes del
día en que se celebren los actos comiciales.
    Lo preceptuado anteriormente alcanza a la realización y difusión por
dichos medios de encuestas o consultas, así como de cualquier tipo de
manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la decisión del
Cuerpo Electoral.
    Esta norma será de aplicación en los actos de elección, plebiscito y
referéndum.
SANGUINETTI - ADELA RETA - ANTONIO MARCHESANO - LUIS BARRIOS TASSANO -
RICARDO ZERBINO CAVAJANI - HUGO M. MEDINA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JORGE PRESNO HARAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD