Programa de Apoyo a Emprendimientos Productivos Año 2024


⭕ Fundamentación
Fundación Desarrollo Regional Salto Grande (FDRSG), desde el año 2012 lleva adelante el llamado anual de apoyo a emprendimientos productivos en el Departamento de Salto. Desde el año 2019 en alianza con CTM Salto Grande, fortalece ésta herramienta de financiamiento a
emprendimientos productivos, con el objetivo de impulsar su profesionalización y desarrollo, apoyando la compra de equipamiento o contratación de servicios.
A partir del año 2022 la convocatoria se perfecciona con el apoyo del Programa Centro Pyme que éste año en Salto, se complementa la oferta de financiamiento con el acompañamiento técnico y formativo que brinda el Programa de Apoyo Integral a Emprendedores del Centro Pyme en Salto.
⭕Destinatarios de la convocatoria
La presente convocatoria va dirigida a emprendedores o empresarios, mayores de 18 años, que entiendan necesario recibir apoyo financiero y en formación de gestión empresarial para el desarrollo de sus negocios.
Dichos emprendedores o empresarios deberán cumplir con al menos uno de los siguientes perfiles:
a) Empresas formalizadas que se encuentren trabajando con el Centro Pyme de Salto, o que hayan participado o estén participando del Programa de Apoyo Integral a Emprendedores
(PAIE) del mencionado Centro Pyme en el año 2024.
b) Emprendimientos informales, que hayan participado o estén participado del Programa de
Apoyo Integral a Emprendedores del Centro Pyme de Salto en el año 2024.
c) Emprendimientos “buenos pagadores”, que se han presentado a otros llamados de FDRSG, siendo beneficiarios y habiendo culminado el pago de la contrapartida designada, en tiempo y forma. Estos emprendimientos deberán estar inscriptos en DGI y/o BPS

d) Empresas formales o emprendimientos informales que se inscriban al Programa de Apoyo integral de Emprendedores de Salto.
Particularidades a considerar:
Para resultar beneficiarios del apoyo económico, los postulantes no podrán estar recibiendo ningún otro tipo de apoyo económico proveniente de algún organismo del Estado o Agencia con destino al emprendimiento productivo.
Al postularse, el participante aceptará que se estudie su comportamiento de pago a través de Infocred.
Los emprendimientos de localidades del interior de Salto serán contemplados en la medida en que los emprendedores puedan desarrollar un plan de trabajo con el equipo técnico del Centro Pyme de Salto.
Postulación:
1) Los interesados deberán inscribirse al Programa de Apoyo Integral de Emprendedores en el Centro Pyme de Salto hasta el 3 de marzo 2024
Links de Inscripción en Salto
https://fundacionsaltogrande.org.uy/
https://bit.ly/3RCniMg
2) Los interesados que ya hayan participado al Programa de Apoyo Integral de
Emprendedores deberán solicitar la derivación al programa de la FDRSG y el equipo técnico del Centro Pyme Salto realizará los informes de derivación que culminarán con la conformación de un tribunal de selección.
3) Los emprendedores que ya hayan participado de anteriores llamados de la FDRSG y hayan
culminado con el pago del apoyo económico acordado, deberán enviar un mail a la casilla info@fundacionsaltogrande.org.uy manifestando su interés en ser considerado para obtener un segundo apoyo.
4) Postulaciones que surjan de derivaciones que realice el Centro Pyme de Salto o que lleguen a la Fundación con planes de acción desarrollados. Estas postulaciones integrarán el tribunal final de selección.
Apoyo Económico
Los participantes que cuenten con la aprobación del tribunal para obtener el apoyo económico de ésta herramienta de financiamiento podrán financiar la solicitud presentada. La Fundación Desarrollo Regional Salto Grande se encargará de realizar la compra o la contratación en
coordinación con el beneficiario/a.
El valor del importe solicitado:

  • No podrá superar el tope máximo de $ 100.000 (cien mil pesos uruguayos), para el caso de los emprendimientos y empresas que cuenten con al menos una persona ocupada, sin considerar el titular del emprendimiento.
  • No podrá superar el tope máximo de $ 50.000 (cincuenta mil pesos uruguayos), para el caso de los emprendimientos unipersonales que no cuentan con personal dependiente
    Destino de los Fondos
    El apoyo económico podrá financiar:
     adquisición e instalación de equipos, máquinas y nuevas tecnologías.
     capital de giro, mobiliario, materiales e insumos.
    aplicación de hardware, software, servicios TIC’s.
     gastos de comercialización, promoción y difusión.
     asesoramiento técnico y capacitación específica para la habilitación bromatológica o comercial
    del comercio.
     gastos incurridos en certificación de calidad.
  •  compra de dominio y hosting.
  •  gastos incurridos en registro de marca.
  • No se podrán destinar los fondos para:
  •  pago de deudas
  •  pago de impuestos (excepto los inherentes a las inversiones financiadas con el premio)
  •  pago de alquileres
  •  cofinanciar la compra de locales y terrenos.
  •  servicios y materiales no asociados al proyecto
  •  gastos efectuados antes de la firma del convenio a suscribirse una vez aprobada la propuesta.
  •  Sueldos de personal dependiente
  • Subsidios y responsabilidades de los beneficiarios/as
  • Los beneficiarios/as podrán acceder a los siguientes subsidios:
  • 1) Emprendimientos informales, accederán a una quita del 20% sobre el importe total del
  • apoyo financiero realizado. Esta quita se implementará cuando el emprendedor culmine de
  • pagar el 80% del pago de la devolución acordada, y presente la documentación probatoria
  • de formalización del emprendimiento. En caso que el emprendedor decida no formalizarse,
  • no accederá a la quita anteriormente mencionada.
  • 2) Emprendimientos formales, accederán a una quita del 30% sobre el importe total del
  • apoyo financiero realizado. Esta quita se implementará cuando el emprendedor culmine de
  • pagar el 70% del pago de la devolución acordada, y presente la documentación probatoria
  • de que mantiene la empresa formalizada. En caso que el emprendedor decida clausurar la
  • empresa, no accederá a la quita anteriormente mencionada.
  • 3) En el caso de emprendimientos / empresas del interior de los departamentos de Salto
  • que estén formalizadas, accederán a un subsidio del 50% presentando su certificado de
  • estar al día en los impuestos de DGI y/o BPS.
  • 4) Emprendimientos informales del interior del departamento de Salto, accederán a una
  • quita del 30% sobre el importe total del apoyo financiero realizado. Esta quita se
  • mplementará cuando el emprendedor culmine de pagar el 70% del pago de la devolución
  • acordada, y presente la documentación probatoria de formalización del emprendimiento.
  • En caso que el emprendedor decida no formalizarse, no accederá a la quita anteriormente
  • mencionada.
  • 5) En el caso de segundas solicitudes de apoyo, la devolución será del 100%, esta situación
  • no contempla subsidio alguno. En éstos casos el importe total apoyado por la FDRSG al
  • emprendimiento se transformará en unidades indexadas al momento de la compra o de las
  • contrataciones realizadas. Determinándose el valor de la cuota en unidades indexadas,
  • variando el importe a pagar en cada mes dependiendo del valor de ésta unidad.
  • En todos los casos, los beneficiario/as se comprometen al pago mensual del total del apoyo
  • menos el subsidio aprobado, dividido en la cantidad de cuotas mensuales acordadas, las
  • que no podrán superar las 20 cuotas. Las cuotas no tienen intereses.
  • Selección Final
  • Al cierre de las Capacitaciones del Programa de Apoyo Integral de Emprendedores del año
  • 2024 del Centro Pyme de Salto, se convocará a un Tribunal que tendrá por objeto evaluar cada
  • solicitud.
  • El tribunal integrado por un representante la Delegación Uruguaya de CTM Salto Grande, por
  • un representante de la Fundación Desarrollo Regional de Salto Grande y por un representante
  • del Centro Pyme Salto, quienes para su valorización tendrán en consideración lo siguiente:
  •  Evaluación del desempeño obtenido durante las instancias formativas y de trabajo en el
  • marco del Programa de Apoyo Integral a Emprendedores
  •  Idoneidad (compromiso y competencias técnicas y empresariales) del/los emprendedor/es
  •  Viabilidad económica- financiera del emprendimiento.
  •  Formalización.
  •  Información del historial crediticio
  • Generación de empleo del emprendimiento
  •  Generación de inversión y desarrollo local del proyecto
  • Cada postulante que participe del tribunal deberá haber presentado previamente al equipo
  • técnico de Fundación Desarrollo Regional de Salto Grande un presupuesto tentativo con el detalle
  • de la solicitud de apoyo económico para el financiamiento de su proyecto para el emprendimiento
  • o empresa.
  • Resultados
  • El tribunal al finalizar las evaluaciones, comunicará la decisión de aprobación o no a la solicitud de
  • financiamiento. Todos los resultados serán notificados por medio de un correo electrónico que el
  • postulante haya presentado en su inscripción.
  • En caso de ser aprobado el apoyo económico se coordinarán los detalles para concretar la compra o
  • la contratación y su porcentaje de reembolso.
  • Los fondos se destinarán directamente a fines propuestos en la solicitud de cada emprendimiento
  • productivo.
  • La Fundación Desarrollo Regional Salto Grande será la encargada de realizar la/s compra/s
  • basándose en el/los presupuestos presentados en cada solicitud.
  • Consultas
  • 092 522 521
  • info@fundacionsaltogrande.org.uy
  • Artigas 700 de lunes a viernes de 9 a 17.00 hs
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