El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) y con el apoyo de la Presidencia de la República, presentó a consideración del Parlamento un proyecto de ley para crear un baremo único nacional de discapacidad y un Consejo Asesor de Expertos en Instrumentos de Medición de Discapacidad, de carácter honorario, a los efectos de implementar un sistema unificado.
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por nuestro país en la ley n.º 18.418, del 20 de noviembre de 2008, considera la discapacidad como un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.
El proyecto de ley establece la prioridad del Gobierno nacional de abordar la discapacidad de forma transversal y, por lo tanto, buscar instrumentos intersectoriales para garantizar la plena participación de las personas en su medio.
Además, se entiende que uno de los aspectos relevantes en esta materia es la adecuada valoración del grado de discapacidad que vive una persona. Esa valoración es la acción de estimar el nivel de discapacidad o medirlo, a través de un proceso que sigue una metodología y por el cual se indaga sobre la experiencia que vive el individuo. En esta instancia, se consideran los apoyos y las barreras que afronta en su entorno cotidiano.
El baremo es una herramienta que se utiliza en ese proceso de valoración, se basa en un modelo de entendimiento del fenómeno que mide y puede contener información cualitativa y cuantitativa, como un porcentaje y un grado de discapacidad, índices, entre otros.
En nuestro país, se ha constatado una problemática por la utilización de diferentes baremos, según se trate de un organismo del Estado u otro. Ello, además de que conlleva valoraciones divergentes, expone a las personas a distintos procesos de valoración.
En este sentido, varios organismos públicos con competencia en la materia y representantes de la sociedad civil, con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), han trabajado para instrumentar un baremo único, lo que requiere introducir modificaciones a la ley n.° 18.651, del 19 de febrero de 2010.
En efecto, en el primer artículo proyectado, se reformula el n.° 38 de la referida norma, con el objetivo de implementar un baremo único nacional de discapacidad, que sea aprobada por el Poder Ejecutivo, previa propuesta y análisis de un Consejo Asesor de Expertos en Instrumentos de Medición de Discapacidad, de carácter honorario. También se propone que las valoraciones sean integradas al Registro Nacional de Personas con Discapacidad, gestionado por el Mides.
Finalmente, se dispone la obligación del Ministerio de Salud Pública y el Banco de Previsión Social de remitir al Mides toda la información relacionada con personas con discapacidad que reciben prestaciones de dichos organismos, para su incorporación al Registro Nacional de Personas con Discapacidad.